PRIMERO: Los nuevos Suscriptores y aquellos que reciben actualmente en su domicilio las boletas de pago que adhieran al SISTEMA DE "BOLETA DIGITAL", dejarán de recibir las boletas, folletería y demás información impresa en papel en su domicilio y los recibirán vía correo electrónico a través de la casilla info@clubsanjorge.com.ar con la misma periodicidad con que lo reciben en la actualidad. En caso de que el Suscriptor no recibiera las boletas de pago deberá reclamarlas a la casilla de correo antes indicada con una antelación no menor a 5 dias previos al sorteo estímulo del mes en que no se hubiera recibido la misma.
SEGUNDO: Podrán adherirse a este sistema todos los Suscriptores de cualquiera de los Planes que administra CLUB SAN JORGE S.A. DE CAPITALIZACIÓN Y AHORRO. Para ello deberán completar en forma correcta el formulario de adhesión con todos los campos requeridos, incluyendo la declaración jurada contenida en el mismo. Posteriormente, el Suscriptor recibirá un mail en la casilla de correo electrónico consignada, a los efectos de verificar que la dirección sea válida y así confirmar su adhesión aceptando los presentes Términos y Condiciones. Luego el Suscriptor recibirá un correo electrónico desde la cuenta info@clubsanjorge.com.ar en el cual se le confirmará la correcta recepción de sus datos, dandole alta al sistema de Boleta Digital para el Suscriptor.
TERCERO: Los Suscriptores que se encuentren adheridos al sistema de Boleta Digital participarán de sorteos especiales sin costo adicional alguno, comenzando a participar en los mismos a partir de la notificación - mediante correo electrónico- del alta definitiva en el sistema de Boleta Digital.
CUARTO: Se tendrán como válidas todas las notificaciones que se remitan al correo consignado por el Suscriptor en el formulario de adhesión. En caso de modificación del correo electrónico elegido deberá comunicar tal circunstancia a CLUB SAN JORGE S.A. DE CAPITALIZACIÓN Y AHORRO por correo electrónico y esperar la notificación de aceptación que será remitida por el mismo medio.
QUINTO: Aquellos Suscriptores que resulten ganadores de los sorteos especiales serán anunciados por nuestra Red Social oficial @clubsanjorgeoficial y notificados mediante vía telefónica y correo electrónico. En tal oportunidad se dará a conocer al Suscriptor beneficiario la forma y plazo de entrega del respectivo premio.
SEXTO: Es facultad de los suscriptores volver a adherirse al sistema de boletas en formato papel. Para ello deberán contactarse a CLUB SAN JORGE S.A. DE CAPITALIZACIÓN Y AHORRO Casa Matriz, y esperar la confirmación que se le hará llegar a la casilla de correo informada por el suscriptor a tales efectos. Quedando desde ese momento anulada la participación en los sorteos especiales.
SEPTIMO: Los presentes Términos y Condiciones podrán ser modificados sin previo aviso a criterio de CLUB SAN JORGE S.A. DE CAPITALIZACIÓN Y AHORRO publicadas a través de los distintos medios de comunicación, que a su criterio sean pertinentes.
OCTAVO: CLUB SAN JORGE S.A. DE CAPITALIZACIÓN Y AHORRO podrá suspender definitiva o transitoriamente el sistema de Boletas Digitales para el pago de las cuotas de los Planes de Capitalización y Ahorro Administrados por la misma, como así también introducir las modificaciones que juzgue convenientes en cuanto a las condiciones y modalidades, y/o de su entrega, en el supuesto de caso fortuito o fuerza mayor, sin que ello genere derecho alguno a ningún tipo de reclamo por parte de los Suscriptores.
NOVENO: La solicitud de adhesión al Sistema de Boleta Digital por parte del Suscriptor, otorga carácter de Declaración Jurada a la dirección de correo electrónico informada y al compromiso de acceder periódicamente a la misma.
DECIMO: Los presentes Términos y Condiciones podrán ser consultados en www.clubsanjorge.com.ar y/o en su Casa Matriz ubicada en Av. San Martín 399 de la Ciudad de San Jorge provincia de Santa Fe.
DECIMO PRIMERA: Para cualquier cuestión judicial y/o extrajudicial que pudiera derivarse de la realización de los presentes Términos y Condiciones se someterán a la competencia de los tribunales ordinarios con asiento en la Ciudad de San Jorge provincia de Santa Fe, renunciando a cualquier otro fuero y/o Jurisdicción, aunque correspondiere.